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	<title>Hipoteca Digital &#124; Todo sobre hipotecas &#124; Simulador y cálculo hipotecas &#187; alquiler</title>
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	<description>blog dedicado al mundo de las hipotecas, vivienda, préstamos hipotecarios en general, calculadora hipoteca, euribor</description>
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		<title>Caida de compraventas de viviendas en 2008</title>
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		<pubDate>Thu, 18 Dec 2008 16:54:22 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[No es una noticia que pille a nadie por sorpresa aunque ahora que estamos cerrando el año podemos valorar con números más exactos la gran caida del mercado inmobiliario tanto a la hora de vender como de comprar (logicamente están vinculados). Durante este año 2008 se han construido muchas menos viviendas que en años anteriores; [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">No es una noticia que pille a nadie por sorpresa aunque ahora que estamos cerrando el año podemos valorar con números más exactos la gran caida del mercado inmobiliario tanto a la hora de vender como de comprar (logicamente están vinculados).</p>
<p style="text-align: justify;">Durante este año 2008 se han construido muchas menos viviendas que en años anteriores; entre julio y septiembre del 2008 se estaba construyendo aproximadamente la mitad que en el año anterior.<br />
Según el ministerio de vivienda, durante los 9 primeros meses del año se han contabilizado 434.629 operaciones, en ese mismo periodo el año pasado ya había 644.821 operaciones de compraventa.</p>
<p style="text-align: justify;">Estos datos no sorprenderán a nadie ya que la &#8220;crisis&#8221; está en boca de todos y uno de sus principales puntos es la vivienda que ha afectado muy profundamente al mundo laboral ya que es el sector que más parados está acumulando.</p>
<p style="text-align: justify;">Pero lo peor es que la inyección de dinero que el gobierno ha suministrado a los bancos no parece haber servido para mucho ya que estos siguen poniendo cada vez más impedimentos a la hora de conceder préstamos hipotecarios.</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">Estamos ante una mala época si se desea vender o comprar una vivienda aunque es una oportunidad para los que deseen alquilar su segunda vivienda a la espera de mejores tiempos para venderla.</p>
</blockquote>
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		<title>No puedo pagar la hipoteca</title>
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		<pubDate>Fri, 07 Nov 2008 18:59:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Mucha gente comienza a encontrarse en la terrible situación de no poder afrontar las cuotas cada vez más altas de las hipotecas. Si ya costaba pagarla, con cada vez más subidas del Euribor y con el incremento del paro se está convirtiendo en una verdadera plaga que hace que muchas familias no puedan pegar ojo. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Mucha gente comienza a encontrarse en la terrible situación de no poder afrontar las cuotas cada vez más altas de las hipotecas. Si ya costaba pagarla, con cada vez más subidas del Euribor y con el incremento del paro se está convirtiendo en una verdadera plaga que hace que muchas familias no puedan pegar ojo.</p>
<p style="text-align: justify;">No hay soluciones mágicas, pero si unos cuantos consejos que ya muchos conocerán o estarán intentando aplicar.<br />
-Recurrir a la familia y amigos.<br />
-Si se está en el paro, conseguir empleo (esto es tan lógico que ni siquiera debería de decirlo).<br />
-Ayudas sociales. Acude a todas las instituciones que tengas a mano para intentar conseguir algún tipo de ayuda.<br />
-Intentar renegociar con el banco. Cada caso es distinto pero os digo de antemano que es una tarea bastante dificil y con pocas posibilidades de éxito ya que el banco es un negocio y como tal no entiende de sentimientos. De todas formas no se debe descartar esta idea.<br />
-Vender la vivienda. Esta es otra solución poco viable ya que los precios de los pisos han bajado tanto que en muchos casos lo conseguido (si es que se consigue vender) no llega para pagar la hipoteca.<br />
-Si se dispone de alguna habitación libre: Alquilarla. Piensa que es mejor tener un inquilino en casa elegido por tí que no ser tu el propio arrendado mientras observas como el banco subasta tu vivienda.<br />
-Alquilar la vivienda e instalarse en la casa materna o paterna. Reconozco que muchos puedan tener escalofríos ante esta opción, pero siempre es mejor perder el uso de nuestra vivienda por un tiempo que no para toda la vida.</p>
<p style="text-align: justify;">
<p>Nos gustaría que si alguien tiene alguna otra idea lo indicase en los comentarios porque nada es descartable en tiempos tan difíciles para tanta gente.</p>
<div id="attachment_67" class="wp-caption aligncenter" style="width: 310px"><a href="http://www.hipotecadigital.com/wp-content/uploads/2008/11/condiciones_hipoteca.jpg"><img class="size-medium wp-image-67" title="condiciones_hipoteca" src="http://www.hipotecadigital.com/wp-content/uploads/2008/11/condiciones_hipoteca-300x176.jpg" alt="chiste hipoteca" width="300" height="176" /></a><p class="wp-caption-text">chiste hipoteca</p></div>
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		<title>Contrato de alquiler de vivienda</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Oct 2008 07:44:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[REUNIDOS Don ( ), mayor de edad, con D.N.I ( ), vecino de ( ), con domicilio en calle ( ), de una parte; y Don ( ), mayor de edad, con D.N.I. ( ) vecino de ( ), con domicilio en calle ( ), de otra, acuerdan celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, atendiendo a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>REUNIDOS</p>
<p>Don ( ), mayor de edad, con D.N.I ( ), vecino de ( ), con domicilio en calle ( ), de una parte; y Don ( ), mayor de edad, con D.N.I. ( ) vecino de ( ), con domicilio en calle ( ), de otra, acuerdan celebrar un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, atendiendo a las siguientes:</p>
<p>CLÁUSULAS</p>
<p>I. Que Don ( ), arrendador, es propietario de la vivienda siguiente (describir) que se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de ( ), con el número ( ) del Libro ( ).</p>
<p>II. Que el arrendador cede en arrendamiento la casa descrita a Don ( ), arrendatario, para satisfacer la necesidad permanente de vivienda de éste.</p>
<p>III. El arrendamiento tendrá una duración de ( ) años a partir de la fecha de hoy, en la que se pone al arrendatario en posesión de la vivienda y de las llaves de acceso a la misma.</p>
<p>IV. El precio del arrendamiento será de ( ) pesetas mensuales, actualizándose la renta anualmente conforme al IPC.</p>
<p>V. En el plazo de los siete primeros días de cada mes, el arrendatario deberá ingresar la renta mensual en el número de cuenta que Don ( ) tiene abierta en la Entidad Bancaria ( ), sucursal ( ).</p>
<p>VI.El arrendatario deberá usar la vivienda arrendada como un diligente padre de familia, destinándola al uso pactado.</p>
<p>VII. El arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias a fin de conservar la vivienda en estado de servir para el uso al que ha sido destinado, sin tener derecho a elevar la renta por ello, así como a mantener al arrendatario en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.</p>
<p>VIII. El arrendador y el arrendatario podrán pedir la rescisión del contrato y la indemnización de daños y perjuicios cuando la otra parte incumpla sus obligaciones, o bien sólo esto último, dejando el contrato subsistente.</p>
<p>IX.El arrendatario podrá desistir del contrato, preavisando al arrendador con una antelación mínima de dos meses,e indemnizándole con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año el contrato que reste por cumplir, dando lugar los períodos de tiempo inferiores al año a la parte proporcional de indemnización. (Ello lo recoge la ley para el caso de que los contratos sean de duración superior a cinco años y que hubiese durado al menos cinco años)</p>
<p>X. El arrendatario debe devolver la vivienda, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.</p>
<p>XI. En cuanto a la cesión del contrato y subarriendo quedan prohibidos para el arrendatario.</p>
<p>XII. El arrendatario entrega en este acto la cantidad correspondiente a ( ) meses de renta, en concepto de fianza, suma que deberá devolverse en el plazo de un mes a contar desde el día en que es devuelvan las llaves al arrendador.</p>
<p>XIII. En caso de venta de la vivienda arrendada el arrendatario tendrá derecho de adquisición preferente sobre la misma, conforme a lo establecido en la Ley 29/94 de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. (la ley permite la renuncia a los derechos de tanteo y retracto cuando los contratos sean de duración superior a cinco años).</p>
<p>XVI. Tendrá lugar la resolución de pleno derecho del contrato, cuando el arrendatario incumpla su obligación de pago de la renta, así cuando tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, y cuando se incumpla por parte del arrendatario lo dispuesto en el apartado anterior respecto a la cesión y el subarriendo.</p>
<p>XV. En el caso de fallecimiento del arrendatario se subrogará en el contrato su cónyuge, Doña ( ), sin que el arrendamiento quede extinguido.<br />
XVI.El presente documento podrá ser elevado a documento público notarial e inscrito en el Registro de la Propiedad, en su caso, a instancia de cualquiera de las partes, corriendo por cuenta de ésta los gastos que ello ocasione.</p>
<p>XVII. En todo lo no dispuesto en el presente contrato se estará a lo dispuesto en el Código Civil, en sus arts.1542 y siguientes, y en la Ley 29/94, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.</p>
<p>XVIII. Para cualquier problema acerca del cumplimiento de este contrato, se someten ambas partes a la Jurisdicción de los Tribunales de ( ), renunciando expresamente al fuero propio.<br />
Dando fe, firman las partes el presente contrato de ARRENDAMIENTO, por duplicado, constando cada ejemplar de ( ) folios por una sola cara.<br />
En la ciudad de ( ) a ( ) de ( ) de ( ).</p>
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